Funcionario

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veronica.hernandez@sazacatecas.gob.mx

Dra. Verónica Yvette Hernández López de Lara

Titular de la Secretaría de Administración

A cargo desde 2021

Responsabilidades del Puesto

Diseñar, administrar y vigilar el cumplimiento de la política de organización del capital humano, adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios que requieran las Dependencias, así como la administración de los bienes muebles e inmuebles propiedad del Gobierno del Estado y del Archivo de Concentración.
II. Establecer la ejecución de los programas sustantivos de la Secretaría de conformidad con las políticas, metas y objetivos que determine el Gobernador;
III. Proponer al Gobernador los proyectos de iniciativas de ley sobre los asuntos de competencia de la Secretaría;
IV. Emitir los acuerdos, lineamientos, políticas, manuales y disposiciones normativas generales, de competencia de la Secretaría;
V. Aprobar el anteproyecto de presupuesto anual de la Secretaría;
VI. Nombrar y remover a sus suplentes y representantes en los actos de licitación Pública que le corresponda presidir;
VII. Representar al Gobernador en los asuntos que le encomiende;
VIII. Suscribir los contratos, convenios, acuerdos y documentos relativos al ejercicio de sus funciones, y
IX. Las demás que le señalen las leyes y reglamentos vigentes o le encomiende el Gobernador

Trayectoria

Actualmente se desempeña como Secretaria de Administración del Gobierno del Estado de Zacatecas, después de ocupar la Dirección de Vinculación Internacional de la Auditoría Superior de la Federación. Con amplia experiencia en la gestión pública y gobernanza, fungiendo como Asesora en la Cámara de Diputados y en el Congreso del Estado de Zacatecas; liderando cargos como la Unidad General de Administración de la Auditoría Superior del Estado y de la Dirección de Licitación y Contratos en la Secretaría de la Función Pública del Estado, así como diversos cargos en la administración pública municipal.

Su trayectoria profesional se ha caracterizado por su capacidad de liderazgo en la búsqueda e implementación de políticas en la gestión administrativa, su modernización y buena gobernanza. Impulsó satisfactoriamente las mejores prácticas y el intercambio de experiencias en materia de fiscalización y buena gobernanza a través de la vinculación internacional en Latinoamérica y el Caribe, participando en la creación y difusión del conocimiento.

Bajo su responsabilidad en materia de licitaciones y contratos, logró aumentar en un 100% la certificación del estado de Zacatecas en el Sistema Compranet y obtener el primer lugar nacional en transparencia, implementó mejoras y simplificación en el padrón de proveedores del Gobierno del Estado, obtuvo el 100% en eficiencia, transparencia y eficacia los procesos de la Unidad General de Administración (UGA) de la ASE y en sus distintos cargos ha impulsado las buenas prácticas acorde a la materia bajo su responsabilidad.

    Contacto

    TELÉFONO:
    492 491 5000 ext. 15100
    CORREO:

    veronica.hernandez@sazacatecas.gob.mx

    DIRECCIÓN:
    Ciudad Administrativa | Edificio A | Piso 1 y 2
    Circuito Cerro del Gato, C.P. 98160, Zacatecas, Zac.
    HORARIO:
    Lunes a Viernes de 8:00 a 17:00 horas

    REDES SOCIALES

    Acerca de la Dependencia

    De acuerdo a la LOAPEZ Artículo 29. A la Secretaría de Administración le corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
    I. Formular y proponer para su análisis y, en su caso, aprobación, a la Coordinación Estatal de Planeación, la política de organización y administración de los recursos humanos, materiales, adquisiciones, prestación de servicios y patrimonio inmobiliario del Estado, conforme a las disposiciones legales aplicables y a las normas, lineamientos, o instrumentos que para el efecto emita la Secretaría de la Función Pública;
    II. Organizar, administrar y custodiar el Archivo General de la Administración Pública del Estado;
    III. Impulsar la actualización del marco normativo que sea de su competencia;
    IV. Participar en la Comisión Intersecretarial de Gasto-Financiamiento para determinar los lineamientos a que deben sujetarse las Dependencias y Entidades;
    V. Ejecutar la adquisición y arrendamiento de bienes y servicios que requiera el funcionamiento de las Dependencias y presidir los procedimientos de contratación en los eventos respectivos;
    VI. Definir, conjuntamente con la Secretaría de Finanzas y la Secretaría de la Función Pública, los criterios y normas para el ejercicio del presupuesto aprobado;
    VII. Normar las actividades de recursos humanos y materiales en las coordinaciones administrativas de las dependencias de la Administración Pública Estatal, así como asesorar y apoyar el desempeño de las áreas administrativas de las entidades paraestatales;
    VIII. Asesorar y apoyar a las coordinaciones administrativas de las Dependencias y Entidades en la planeación de sus adquisiciones, arrendamiento de bienes y contratación de servicios;
    IX. Proponer, conjuntamente con las Secretarías de Finanzas y de la Función Pública, al Gobernador, la creación de nuevas unidades administrativas en las Dependencias y Entidades;
    X. Resolver los conflictos administrativos cuyo conocimiento le corresponda de conformidad con las disposiciones legales aplicables;
    XI. Vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales que rigen las relaciones laborales del Gobierno del Estado con sus trabajadores y conducir las relaciones con el Sindicato Único de Trabajadores al Servicio del Estado, Municipios y Organismos Paraestatales;
    XII. Tramitar los requerimientos del personal de las Dependencias, realizar ajustes en la plantilla laboral y realizar reubicación de los servidores Públicos Tratándose de Entidades, la Secretaría podrá celebrar convenios de colaboración para la administración de su nómina; Gobierno del Estado de Zacatecas
    XIII. Fomentar la inclusión laboral de las personas con discapacidad en la Administración Pública, reconociendo plenamente sus capacidades y habilidades laborales;
    XIV. Tramitar los nombramientos, remociones, licencias y jubilaciones de los trabajadores y funcionarios de la Administración Pública Estatal, así como elaborar la nómina, efectuar los pagos y otorgar las prestaciones que correspondan, de conformidad con las disposiciones legales aplicables;
    XV. Intervenir, ante las instituciones respectivas, en lo relativo a las prestaciones médicas, seguros y servicios sociales que correspondan al personal del Gobierno del Estado.
    XVI. Organizar, controlar y mantener actualizado el escalafón de los trabajadores del Gobierno del Estado y vigilar la adecuada difusión de los movimientos y procesos escalafonarios de conformidad con la legislación aplicable;
    XVII.- Proponer al Gobernador, para su aprobación y publicación, las actualizaciones y reformas al marco normativo de las relaciones laborales de la Administración Pública Centralizada, así como difundir y vigilar su cumplimiento;
    XVIII. Ejecutar los acuerdos de los Secretarios, relativos a la imposición, reducción y revocación de las sanciones administrativas a que se hagan acreedores los trabajadores de la Administración Pública Estatal, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes en el Estado, sin perjuicio de las que competa imponer a la Secretaría de la Función Pública;
    XIX. Contratar los recursos materiales y servicios que le soliciten las Dependencias para el desarrollo de sus funciones, con base en las políticas y procedimientos que se emitan, verificando que no se excedan las partidas presupuestales aprobadas;
    XX. Inventariar y verificar semestralmente, el estado físico de los bienes resguardados por las dependencias de la administración pública estatal y dar cuenta de su resultado al Gobernador;
    XXI. Se deroga;
    XXII. Administrar los bienes muebles e inmuebles propiedad del Gobierno del Estado, cuidando su mantenimiento y conservación;
    XXIII. Ejercer actos de dominio sobre los bienes muebles e inmuebles propiedad del Estado, previo acuerdo con el Gobernador, en los términos que determine la Constitución Política del Estado y sus leyes reglamentarias; así como ejercer el derecho de reversión con la intervención de la Coordinación General Jurídica.
    En tratándose de programas de vivienda, ordenamiento territorial y regularización de tierras en los que intervenga el Gobierno del Estado, a través de sus Dependencias o Entidades, será la Secretaría de Desarrollo Urbano, Vivienda y Ordenamiento Territorial quien expida las escrituras públicas de propiedad que deriven de aquéllos;
    XXIV. Administrar y operar la Red de Voz y Datos del complejo de Ciudad Administrativa, así como su interconexión con las diversas Dependencias y Entidades;
    XXV. Coadyuvar y, en su caso, realizar la logística de los eventos oficiales y especiales del Gobernador; y
    XXVI. Las demás que le señalen las leyes y reglamentos vigentes o le encomiende el Gobernador.

    Administrar los Recursos Humanos del Gobierno del Estado y proporcionar los Recursos Materiales y Servicios Generales que el aparato administrativo requiere para su óptimo funcionamiento, mediante un Proceso de Mejora Continua y de forma responsable.

    Ser una Dependencia de excelencia en materia de Administración de recursos humanos, materiales y servicios generales proporcionados a las DEAP, mediante la mejora continua y la aplicación de procesos: eficaces, transparentes y tecnologías de información.

    Organigrama

    Reglamento Interno

    Transparencia

    Aviso de Privacidad